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Martes - 22 de Junio de 2021 22:11
La Defensoría del Pueblo le pide a los bancos mayores requisitos al otorgar créditos

Se debe al "notorio incremento de consultas y reclamos por casos de presunta comisión de ciberdelitos, especialmente relacionados con la captura ilegal de datos personales y fraudes bancarios".

Los defensores del Pueblo de General Pueyrredon Daniel Barragán, Fernando Rizzi y Luis Salomón, ante el notorio incremento de consultas y reclamos recibido por casos de presunta comisión de ciberdelitos, especialmente relacionados con la captura ilegal de datos personales y fraudes bancarios, mediante el acceso ilegal a las cuentas de usuarios del sistema bancario, emitieron una Resolución mediante la cual la Defensoría del Pueblo recomienda al Presidente del Banco Central de la República Argentina (BCRA), tenga a bien evaluar y, en su caso, emitir las comunicaciones y/o instrucciones que estime pertinentes para todas las entidades bancarias y financieras que se encuentran bajo su esfera dirigidas a:

a) reforzar las medidas de seguridad informática interna de todas las distintas entidades bancarias, y en sus comunicaciones e intercambio de información interbancaria;

b) disponer canales y vías de atención prioritaria a los/as usuarios/as que denuncien haber sido víctimas de ciberdelitos o contravenciones, para tomar debido registro, brindarles asesoramiento adecuado y adoptar medidas eficaces que permitan proteger el patrimonio de los/as afectados/as, con especial énfasis en aquellos/as usuarios/as que queden comprendidos/as dentro de la categoría de “consumidores/as hipervulnerables”;

c) implementar medidas adicionales de validación en aquellas modalidades de créditos automáticos, pre otorgados, o similares que se ofrecen y se ejecutan por medios informáticos;

d) propiciar, en todo el país, la formalización de convenios de cooperación recíproca entre las entidades bancarias y las unidades fiscales especializadas en delitos informáticos, a fin de articular medidas que permitan prevenir, neutralizar e investigar la comisión de delitos informáticos y perseguir penalmente a sus autores;

e) impulsar la creación de Códigos de Conducta o de Buenas Prácticas Profesionales, tal como lo promueve el art. 30 de la Ley Nacional nº 25.326 -y modificatorias-, a los fines de unificar el tratamiento de datos personales y brindar una correcta capacitación de los/as empleados/as bancarios/as.

«Desde hace muchos años la vida cotidiana se encuentra atravesada por la utilización, cada vez más frecuente, de medios informáticos para poder concretar múltiples tareas tan necesarias como habituales. En efecto, el acceso a internet y a distintos canales informáticos resultan casi ineludibles, pues a través de ellos podemos, por ejemplo, percibir, el cobro de haberes u honorarios, realizar transferencias, pago de servicios, solicitud de créditos, etc., así como todo tipo de control sobre nuestras cuentas bancarizadas; también para formular consultas, trámites o reclamos de toda índole, tanto ante las administraciones u organismos públicos (a nivel nacional, provincial y/o municipal) como frente a entidades privadas (bancos, comercios, compañías de seguro, etc); además, efectuar compras, adquisiciones o contrataciones de bienes, productos y servicios (algunos de ellos de carácter esencial); y el acceso a noticias o transmisión de información de todo tipo (periodísticas, de estudio, documentales, personales, etc.)», plantearon.

Esta omnipresencia de la conectividad en nuestras vidas, se ha visto particularmente acentuada y acelerada con motivo de las medidas de aislamiento/distanciamiento social, preventivo y obligatorio, adoptadas para enfrentar la emergencia sanitaria por la aparición de la pandemia por el virus del Covid-19. Como consecuencia de ello, muchas actividades que antes podían realizarse de manera presencial, se tornaron casi exclusivamente de forma virtual.

Desde el comienzo del aislamiento/distanciamiento social, preventivo y obligatorio, se produjo una creciente cantidad de consultas y reclamos referidos a la comisión de los denominados “ciberdelitos”, particularmente fraudes o estafas bancarias y robo de datos. La casi “obligada” inclinación al uso del entorno digital produjo, paralelamente, un incremento de los delitos o contravenciones informáticos, de aquellos/as que tienen como objetivo la identidad, la propiedad, el patrimonio y la seguridad de las personas, pero además de aquellos/as otros que tienen como objetivo atacar, destruir y dañar activos, sistemas de información y otros sistemas de computadoras, utilizando medios electrónicos y/o redes de Internet.

Estas estafas cibernéticas, se cometen mediante el uso de un tipo de ingeniería social que se caracteriza por intentar adquirir información confidencial de forma fraudulenta. El/la estafador/a se hace pasar por una persona o empresa de confianza en una aparente comunicación oficial sea electrónica, por correo electrónico, o algún sistema de mensajería instantánea, red social, llamadas telefónicas o combinando dos o más de estas vías

La mayor parte de los casos obedece al robo de datos personales, a partir de lo cual los/as ciberdelincuentes acceden de manera ilícita a las cuentas bancarias o a los sistemas de “Home Banking” de las personas, y en pocos minutos pueden efectuar transferencias, realizar compras, incluso, gestionar créditos personales automáticos o pre-otorgados por las entidades bancarias. Es decir, la criminalidad informática tiene un alcance mayor y puede incluir delitos tradicionales como el fraude, el robo, la falsificación, entre otros; en los cuales los ordenadores y redes son utilizados como medio.

Dentro de esta generalidad, la mayor cantidad de consultas y/o reclamos recibidos, giran en torno a las comúnmente denominadas “estafas bancarias”. Éstas se generan mediante el “PHISHING”, que es un método que se utiliza para engañar a el/la usuario/a desprevenido/a, y así conseguir que revele información personal, como contraseñas, claves, datos de tarjetas de crédito o de la seguridad social con sus códigos de seguridad y números de cuentas bancarias, entre otros. Así como también, el acceso indebido se produce por la vulneración de la seguridad de los sistemas informáticos o del hackeo del sistema directamente.

Esta acción de los Defensores locales se hace eco de lo oportunamente impulsado desde la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y otras Defensorías del país, tendientes a brindar protección a las víctimas de estafas bancarias, y a prevenir futuros casos.

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